El pleno aprobó inicialmente la ordenanza reguladora de huertos urbanos que se encuentra en fase de exposición pública
La sesión plenaria de la pasada
semana del Ayuntamiento de Los Realejos dio por aprobada inicialmente la
ordenanza reguladora de huertos urbanos, con el objetivo de recuperar espacios
en entornos residenciales, mejorar el paisaje urbano del municipio, fomentar la
participación ciudadana, las prácticas ambientales, el autoabastecimiento y los
usos y costumbres de cultivo tradicionales, así como mejorar la educación
nutricional de los vecinos.
Según el alcalde de Los Realejos,
Manuel Domínguez, “se trata de una iniciativa a la que nos habíamos
comprometido a inicios del mandato y que ofrece una alternativa para aquellos
ciudadanos y colectivos que quieran dedicarse plenamente o como complemento de
su trabajo diario a las tareas del campo a pequeña escala y para el
autoconsumo”.
Tras su aprobación inicial, la
ordenanza se encuentra en su fase de información pública y audiencia a los
interesados durante un plazo de 30 días tras su publicación en el Boletín
Oficial de la Provincia ,
“período en el que mantendremos encuentros en una mesa de trabajo con
representantes de los diferentes grupos municipales para consensuar el texto y
someterlo a su aprobación definitiva”, indicó el concejal de Desarrollo Rural,
Domingo García.
En principio podrán acceder a la
solicitud de uso gratuito de los huertos vecinos de Los Realejos con un mínimo
de cinco años figurando en el padrón municipal de habitantes, mayores de 16
años, con sus obligaciones tributarias municipales al corriente y que estén
físicamente capacitados para realizar el trabajo agrícola. La asignación de las
parcelas se llevará a cabo mediante sorteo de los solicitantes.
Para dar comienzo con el
desarrollo de esta iniciativa, se habilitarán unos terrenos públicos ya
perimetrados en el entorno de El Burgado, en el margen Norte de la carretera El
Toscal. Los huertos serán cedidos por un plazo inicial de dos años, pudiendo el
Ayuntamiento de Los Realejos acordar el cese de actividad notificando con tres
meses de antelación a la desocupación.
La instalación contará con un
horario de apertura y cierre, que será más amplio en el período estacional de
primavera y verano. Los usuarios de los huertos aportarán los útiles necesarios
para realizar la actividad agrícola y se prohíbe la instalación de casetas,
quioscos, sillas, bancos o similares, aparte de los elementos que considere el
propio Ayuntamiento.
Asimismo en el texto inicial de
la ordenanza reguladora de los huertos urbanos se recogen una serie de deberes
y obligaciones de los adjudicatarios, además de prohibiciones, como la de la
comercialización de los productos obtenidos, infracciones y tipificación de las
sanciones correspondientes.
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