27 de diciembre de 2013

Abierto el plazo para solicitar el fraccionamiento del pago del IBI y del rodaje de 2014 en el Consorcio hasta el 3 de enero

El Ayuntamiento negoció esta iniciativa como medida de apoyo a las economías familiares para facilitar la cancelación de estas obligaciones tributarias

El alcalde de Los Realejos, Manuel Domínguez, advierte que “se dispone de plazo hasta el próximo 3 de enero para solicitar en el Consorcio de Tributos el fraccionamiento del pago sin intereses del Impuesto de Bienes Inmuebles, conocido antiguamente como contribución, así como del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, conocido popularmente como rodaje”.

Esta posibilidad que da facilidades en la cancelación de los referidos tributos fue negociada desde el pasado año por el Ayuntamiento de Los Realejos con el propio Consorcio, “entendiendo nuevamente la necesidad de volver a ponerla a disposición como medida de apoyo o alivio a las economías familiares que no pueden soportar de una sola vez el gasto que implican estas obligaciones tributarias de periodicidad anual”, explica Domínguez.

Los interesados en acceder a esta medida, cuyo fraccionamiento puede solicitarse en dos, cuatro, siete o diez pagos sin intereses, han de dirigirse antes de la citada fecha a la Oficina del Consorcio de Tributos del municipio, ubicada en el edificio del Mercado Municipal de Los Realejos, y rellenar un modelo de solicitud que será resuelto de manera inmediata. El horario de atención al público es de 09:00 a 13:00 horas, disponiendo además del teléfono de contacto 922.34.36.68 para cualquier aclaración al respecto de esta medida.

Según dicta el apartado modificado en la Ordenanza Fiscal de los Tributos y demás Ingresos de Derecho Público del Consorcio de Tributos de la Isla de Tenerife, para acogerse a este sistema es necesario que exista coincidencia entre el solicitante y el sujeto pasivo del tributo, que el obligado al pago sea titular de la cuenta en que se domicilie la misma y que no existan deudas o sanciones en período ejecutivo con dicha entidad. El importe mínimo de los pagos mensuales es de 10 euros.


En caso de que se solicite el fraccionamiento en dos plazos, el cargo en cuenta se efectuará en los días 20 o inmediatos hábiles posteriores de los meses de marzo y julio de 2014. En caso de que se opte por los cuatro pagos, el cargo se ejecutará en los días 20 o inmediatos hábiles posteriores de los meses de enero, abril, julio y octubre. En la modalidad de siete pagos se dividirá el cargo en los siete meses de enero a julio. Por último, si se opta por los diez pagos se ejecutarán mensualmente de enero a octubre.

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