El alcalde de Los Realejos solicitó una reunión
privada con el juez, que provocó una vista con todas las partes sentenciando
que es una decisión irreversible
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Explicó
Manuel Domínguez que “no es agradable para un mandatario municipal, que ha
jurado defender los intereses de todos y cada uno de los ciudadanos de Los
Realejos, tener que verse implicado después de que los vecinos no resolvieran
su disputa como ejecutor de una demolición forzosa, ni haber recibido insultos
y amenazas públicas en pancartas o en redes sociales, pero a ello nos obligan las
resoluciones judiciales dictadas, así como las correspondientes diligencias
donde se advierte de la imposición de multas coercitivas a la corporación y a
mí persona en caso de incumplimiento”.
“En
aras de agotar todas las opciones posibles para evitar este trago a la
propiedad, así como atender a sus súplicas de un plazo mayor para ser objeto de
la demolición, solicité incluso una reunión privada con el juez para escuchar
de su boca hasta dónde podía demorarse este asunto, proponiendo su señoría la
alternativa de una vista con todas las partes implicadas en la que me personé
como máximo responsable del Ayuntamiento”, relató Manuel Domínguez.
Durante
la rueda de prensa, el edil realejero indicó que en esta cita tuvo ocasión de
formular una pregunta al juez, cuestión que durante la comparecencia reprodujo
de la grabación sonora de la vista y de la que se extrae textualmente: “¿Tengo
algo que hacer dentro de la ley para poder solventar la defensa de la parte
acusada? ¿Existe alguna posibilidad por parte de la administración de que esta
ejecución de sentencia no se lleve a cabo?”.
El juez respondió del siguiente modo: “estamos
ante una ejecución delegada por parte del Ayuntamiento, que viene obligado a la
demolición, que es cosa firme ya juzgada, y por tanto confirmo que el
Ayuntamiento ha actuado correctamente. Si el Ayuntamiento actúa con diligencia
para hacer lo que ya hay una sentencia que decide y ordena, está actuando
conforme a la ley y correctamente. Tenga seguridad jurídica de que lo que está
haciendo el Ayuntamiento es conforme a derecho, aunque duela a la parte
ejecutada. Pero la parte ejecutada es consciente de que su obra es ilegal y que
está beneficiándose de una ilegalidad”.
Además, y en base a las dudas generadas en
torno a la aprobación definitiva del Plan General de Ordenación del municipio,
que pudiera contemplar la posibilidad de esa tercera planta y siempre que no
excediera de una altura métrica estipulada, el juez agregó durante la vista: “Ante
esta situación, lo digo claramente y lo diré en resolución, que la respuesta
ante las dudas sobre si el Ayuntamiento debe esperar o no en cuanto a la
ejecución a una futura incierta aprobación de un Plan General de Ordenación que
habilite para legalizar lo ilegalmente construido y que sigue siendo ilegal a
día de hoy, pues la respuesta es negativa, el Ayuntamiento no puede demorar”.
Largo
proceso judicial
Este expediente de infracción urbanística ha llevado un largo
recorrido desde que se inició en 2011
después de su origen en conflicto vecinal de propiedades colindantes,
con la permanente presentación de recursos varios por parte de los afectados y
la insistencia e interés constante de los demandantes y juzgados, que ha
concluido definitivamente en que el Ayuntamiento, como ejecutor forzoso, ha de
acatar la decisión final.
Entre otras comunicaciones judiciales, existe
una sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 4, de 6 de
octubre de 2014, que declara “el deber del Ayuntamiento de realizar cuantos
actos sean necesarios para el restablecimiento del orden jurídico infringido
como consecuencia de unas obras realizadas en el inmueble sito en Calle La
Cartaya, 41, de Los Realejos”.
Es una diligencia de 10 de noviembre de 2015
la que advierte ya la posible imposición de multas coercitivas a la corporación
municipal si no cumpliera, además de consecuencias penales por si los hechos
expuestos pudieran constituir delitos de desobediencia a la autoridad judicial
y prevaricación administrativa.
Una diligencia del propio juzgado de 19 de
octubre de 2016 es reiterativa obligando al Ayuntamiento de Los Realejos a que
además cada quince días informe sobre el estado del expediente de la presente
ejecución, determina que el caso se archivará sólo en cuanto se proceda a la
demolición forzosa que fue declarada por auto firme el 24 de septiembre de 2016
y nuevamente que el incumplimiento de la administración generaría
responsabilidades penales e imposición de multas coercitivas, así como
consecuencias administrativas y penales incluso en funcionarios municipales y
su patrimonio.
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