27 de junio de 2012

La Policía Local vigilará y sancionará la presencia de animales sueltos y el pastoreo en espacios públicos

Las multas a los dueños en caso de incumplimiento de las normativas municipales al respecto rondarían entre los 90 y los 200 euros

El alcalde de Los Realejos, Manuel Domínguez, ha dictado un bando municipal a través del cual se prohíben la presencia de animales sueltos y el pastoreo en espacios públicos de la localidad, algo que queda recogido en diversos artículos de la Ordenanza Municipal sobre Tenencia de Animales y la Reguladora de la Limpieza de Espacios Públicos y Gestión de Residuos Sólidos Urbanos.

Manuel Domínguez justifica en el bando esta decisión “dadas las quejas reiteradas por el conjunto de la ciudadanía afectada ante la existencia de ganado suelto causando daños en parques, plazas o vallados, y habiéndose constatado la existencia de excrementos de este tipo de animales en las aceras, plazas y vías públicas, y demás espacios públicos del municipio”.

La Policía Local será la encargada de velar por el adecuado cumplimiento del referido bando municipal, procediendo, en su caso, a la expedición de las correspondientes diligencias si se incurre en infracción. Se considerarán de carácter grave y serán sancionables con multas de entre 90 y 200 euros, previa instrucción del oportuno expediente.

Entre las prohibiciones concretas destacan el acceso, circulación o permanencia de animales, a excepción de los perros guía, por las piscinas públicas, playas y otras zonas de baño, salvo las expresamente señalizadas en sentido contrario, parques infantiles, jardines o zonas verdes, en cualquier época del año.

Se prohíben además las deposiciones fecales y micciones de animales en vías, jardines o parques públicos, o ensuciar aceras, calzadas o alcorques con detritus producidos por animales domésticos, quedando obligados sus dueños a retirarlos si se produjesen y depositarlos de manera higiénica en los contenedores de basuras o lugares que la autoridad municipal determine a tal efecto.

Tampoco está permitido alimentar a cualquier tipo de animal en la vía pública, paseos y playas y en todos los espacios aplicables al ámbito de esta ordenanza, evitando así la suciedad de la misma y los problemas de salud pública que puedan derivar de ella.

Ante la complejidad de cumplimiento de algunas de estas prohibiciones por parte de cabras u ovejas, se imposibilita además la circulación de ganado de este tipo por las vías públicas del municipio. Deben circunscribirse las zonas de pastoreo de ganado suelto, única y exclusivamente a barrancos y cañadas del término municipal.

Asimismo, los propietarios son directamente responsables de los daños o afecciones a personas, animales y cosas, así como de cualquier acción que ocasione suciedad en cualquier espacio público producida por animales de compañía. En ausencia del dueño, será responsable subsidiario la persona que condujese al animal en el momento de producirse la acción que causó la suciedad.

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